Declara SIN LUGAR la apelación intentada y confirma en todas y cada una de sus partes la decisión dictada por el Juzgado de los Municipios Atures y Autana de esta Circunscripción Judicial, en fecha 20 de noviembre de 2006, que DECLARÓ INADMISIBLE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA QUERELLANTE, según lo manifestado por el Tribunal de los Municipios Atures y Autana de esta Circunscripción Judicial