PRIMERO: En virtud de la presentación del Acuerdo Reparatorio incoado por el defensor público sexto penal, Abg. Marcos Morales, donde el imputado ALVARO RAMON TORTOLERO, venezolano, nacido el 10-04-75, titular de la cédula de Identidad V-13.599.434, residenciado en el Barrio El Moñito, diagonal al modulo policial, casa S/N, de esta Ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, hijo de Irlanda Perales (V) y Alvaro Alexis Tortolero (V) ofrece a la víctima LUIS RAUL SALAZAR RAMIREZ, la cantidad de: Cien Mil con Cero Céntimos Bolívares (Bs.100.000,oo), pagadero en dos cuotas de treinta mil bolívares y una cuota de cuarenta mil bolívares, por la reparación del daño ocasionado el día 03-10-03, cuando el imputado Alvaro Ramón Tortolero, cuando se introdujo en la oficina del Abogado Luis Salazar y personas del sector se comunicarón con la policía y fue capturado dentro de sus instalaciones. Este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial, APRUEBA EL ACUERDO REPARATORIO presentado por.....