este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, previa solicitud del Ministerio Público consentida por el imputado e imputadas, sus defensas tanto públicas como privada y la propia víctima (representante legal de la empresa ELECENTRO), ORDENA LA INMEDIATA REMISIÓN DEL ASUNTO AL MINISTERIO PÚBLICO; todo a los fines previstos en el Artículo 315, ejusdem.