administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al DESISTIMIENTO suscrito por los ciudadanos: MARIELENA LUCENA MEDINA y RAMON CARMELO OSORIO PINZON, arriba identificados, de conformidad con lo previsto en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase.-
EL JUEZ