En consecuencia por todas las indivisibles evidencias, de hecho y de derecho, antes expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Control del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, administrando Justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emitió el siguiente pronunciamiento: niega la solicitud de sustitución de la privación Judicial preventiva de libertad, por medida cautelar sustitutiva a favor del procesado Eugenio Santos Padrón, en la causa XP01-P-2007-000014. Así se decide.-
Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
La Juez Primero de Control
Abg. Omaira Martínez Vergara
La Secretaria
Abg. Johanna Las Rosa