DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD decretada en fecha 24/06/2007 al imputado SERGIO VILLA PALAU, titular de la cédula de ciudadanía Nº V-8.949.653, de nacionalidad venezolana, de 34 años de edad, de profesión u oficio INDEFINIDO, hijo de Iasbel Palau (V), sin residencia fija, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el ordinal 3° del artículo 453 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano RANGEL CARRERO JOSÉ AMADO, por no ser presentada en tiempo hábil la acusación fiscal y en consecuencia se le impone Medidas Cautelares Sustitutivas de las previstas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, específicamente en sus ordinales 3° y 4° por ser estas suf.....