DISPOSITIVA
En Virtud de lo Anteriormente esgrimido, este Tribunal Único en funciones de Control, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Primero: Se Decreta la Detención en Flagrancia del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la supuesta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana BETANIA YOLIMAR LEAL BARRIOS. Segundo: Se declara con lugar la solicitud del Ministerio Público y la Defensa Pública, en cuanto a que el presente proceso se ventile por la vía del Procedimiento Ordinario. Tercero: Se imponen las Medidas Cautelares establecidas en el articulo 582 literales "b" y "c" consistentes en la obligación de acudir y someterse al cuidado y vigilancia del Equipo Técnico Multidisciplinario adscrito al Consejo de Protección del Municipio Atures, ubicado en el Escondido I, así como el .....