PRIMERO: Se califica la aprehensión en flagrancia y la continuación por el procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida contra los adolescentes: 1°) ------ y 2°) ----------; a quien se le sigue averiguación penal, por la comisión del delito de: TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, previsto y sancionado en los artículos 83 y 85 de la Ley Sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos, en agravio de la colectividad; en virtud de los hechos ocurridos en fecha 14 de Marzo del año en curso, cuando funcionarios adscritos a la Comandancia de Policía del Estado Amazonas, en inspección realizada a un vehículo modelo Malibu, Marca Chevrolet, Placas BAC-385, encontraron seis (6) bidones con gasolina. SEGUNDO: Se le otorga a los adolescentes ---- y ------, antes identificados, la medida cautelar sustitutiva de libertad, consisten.....