Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley acuerda rebajar la pena del ciudadano Monico Antonio Santamaría, quién deberá cumplir la pena de diecisiete (17) años y seis (6) meses de prisión, por la comisión del delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 406, orinal 1°, del Código Penal, ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6to del artículo 470 en relación con la parte infine del artículo 475, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.