este Tribunal de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se concede al Ministerio Público un lapso de (120) DÍAS CONTINUOS, para la presentación de los actos conclusivos a que haya lugar en el presente asunto, seguido al adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA) a quien se le sigue averiguación penal, por la presunta comisión del delito de: VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal, en agravio (IDENTIDAD OMITIDA); el cual vence el día MARTES 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2010, contados a partir de la presente fecha, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal