En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS acuerda la SUSPENSIÖN CONDICIONAL DEL PROCESO, por el lapso de UN (1) AÑO en la presente causa, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 42 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal. Y se fija para el día 12 de Junio de 2008 a las 10 a.m., la Audiencia para la verificación del cumplimiento de la Suspensión. Cúmplase.-
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, a los diecinueve (19) días del mes de Noviembre de Dos Mil Siete (2007). Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. RAFAEL ANTONIO URBINA VIVAS
LA SECRETARIA,
ABG. NINOSKA CONTRERAS
Seguidamente se dio cumplimiento a lo acordado en el auto anterior.-
LA SECRET.....