: En el presente caso no se puede determinar el tiempo en que las penadas puedan comenzar a optar a las medidas alternativas de pre-libertad de Destacamento de Trabajo, Régimen Abierto, Libertad Condicional y Confinamiento, en virtud que se encuentran en Libertad.
Ahora bien, por cuanto se desprende que las ciudadanas, LILIAN ISABEL CARVAJAL CABALLERO, y NELLY MIRLA MAYUARE, fueron condenadas a cumplir la pena de diez (10) meses de prisión, por la comisión del delito de USOS DE CERTIFICACIÓN Y DOCUMENTACIÓN INDEBIDA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, siendo que la pena impuesta no excede el límite establecido en el único aparte del artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que se acuerda mantenerlas en libertad, hasta tanto se verifique si cumple con los requisitos para optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, ordenándose en consecuencia librar oficio dirigido a la Unidad técnica nro. 10 a los fines de que se sirva designar de manera urgente, equipo té.....