Por todos los razonamientos anteriormente planteados, esta Corte de Apelaciones, actuando en sede Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN, planteada por el abogado LUIS VICENTE GUEVARA GONZALEZ, Juez Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, en el asunto Nº XP01-P-2011-002962, (Nomenclatura de ese Tribunal), seguido en contra del ciudadano GUSTAVO ADOLFO LABRADOR BUENO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.175.213, por la presunta comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de la Cosa Publica, el delito de ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS CLASIFICADAS COMO PELIGROSAS, tipificado y sancionado en el artículo 83, en concordancia con el artículo 9, numeral 22, de la Ley Sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos, en perj.....