esta Corte de Apelaciones, en lo Penal, Civil, Mercantil, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, del Tránsito y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas, de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede Penal, declara PRIMERO: IMPROCEDENTE el Recurso de Revisión interpuesto por la Profesional del derecho AZALIA LUGO, Defensora Público Tercera Penal, adscrita a la Unidad de Defensa Pública de esta Circunscripción Judicial, en su condición de Defensora del penado BOSSIO CAICEDO RUSSEL ANTONIO, titular de la Cédula de Identidad N° 10.921.530. SEGUNDO: se INSTA al Tribunal de Ejecución de Sentencias para que ratifique la orden de captura que pesa sobre el ciudadano BOSSIO CAICEDO RUSSEL ANTONIO, plenamente identificado en autos.