DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: No se acuerda la calificación de Aprehensión en Flagrancia, por considerar que no se encuentran llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que no se acuerda la continuación por el procedimiento ordinario. SEGUNDO: Por cuanto el Ministerio Público, de las actuaciones que cursan en autos no se señala cual es el tipo de delito penal que se le podría imputar al mencionado ciudadano, y en las mismas no se señalan las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se produjeron los hechos, este Tribunal declara la libertad plena al ciudadano SÁNCHEZ PÉREZ ORLANDRIU RAUL, titular de la cedula de identidad Nº 17.315.482, la cual se hace efectiva desde la misma sal.....