DISPOSITIVO:
En consecuencia y visto la partición amistosa efectuada por ambos ciudadanos VIRGINIA ALEJANDRA VALDEZ RAMIREZ y DIONICIO HERNANDEZ HIJUELO, este Tribunal de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA LA PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE LA COMUNIDAD DE BIENES CONYUGALES existentes entre los ciudadanos: VIRGINIA ALEJANDRA VALDES RAMIREZ y DIONICIO HERNANDEZ HIJUELO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nro. V-17.173.850 y Nro. V-11.837.436, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas y hábiles, en la forma por ellos convenida, de conformidad con el Artículo 788 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Con respecto al Vehículo descrito previamente acordaron que el mismo quede en plena propiedad y posesión de la ciudadana VIRGINIA ALEJANDRA VALD.....