Por todas estas razones, este Tribunal Mixto de Primera Instancia, en Función de Juicio Mixto del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, de conformidad con los artículos 362, 365 y 367 del Código Orgánico Procesal penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la acusación interpuesta por la fiscalía Sexta del Ministerio Público, contra el ciudadano, LUIS RAMON OJEDA MENDARE, titular de la cedula de identidad Nº 8.904.090, de nacionalidad venezolano, natural de Maroa, de 47 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio TSU planificador en programas socio comunitaria, residenciado en el parcelamiento Agua Linda en Puerto Ayacucho Estado Amazonas, por la comisión de los delitos de aprovechamiento económico ilícito derivado de actos o contratos administrativos y obtención ilegal de lucro, previstos y sancionados en los artículos 72 y .....