Con fundamento en lo expuesto, éste Tribunal Único de Responsabilidad Penal del Adolescente, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA CESACIÓN DE "LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA", de manera simultánea de conformidad con lo establecido en el parágrafo primero del artículo 622 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; por el lapso de un (01) AÑO, cuatro (4) MESES Y veintisiete (27) DIAS, desde el día 19-06-2009 hasta el 15-11-2010, en el presente asunto seguido al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y como consecuencia de ello LA LIBERTAD PLENA del sancionado antes nombrado, por haberse cumplido su objetivo en el tiempo fijado para la misma, de conformidad con la función conferida en el artículo 647 literal "h.....