Este Tribunal Primero de Control de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda PRIMERO: Decretar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de conformidad con lo establecido en los artículos 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida contra el adolescente: (ART. 65 LOPNA), a quien se le seguía averiguación por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, en agravio del adolescente: (ART. 65 LOPNA), en virtud de la denuncia efectuada por la hermana del imputado, quien denunció en la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, que su hermano había lesionado a su hijo. Ahora bien, por cuanto el adolescente víctima en el presente caso, no acudió en su debida oportunidad a la.....