administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio suscrito por los ciudadanos: GUSTAVO ADOLFO MUÑOZ GOMEZ Y MAYRA YANISLEIDA REYES ULLOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 12.451.061 y V-15.303.892,respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.
EL JUEZ,