.../
En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos GUSTAVO ALBERTO HERNANDEZ PADILLA y SUNNY SENNY LARA RAMOS, ambos suficientemente identificados en autos, por la RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMUN, tal como lo establece el artículo 185-A del Código Civil, y así declara disuelto el vínculo matrimonial que por ante la Prefectura Joaquin Crespo del Municipio Giraldot del Estado Aragua (hoy Registro Civil del Municipio Giraldot del Estado Aragua), celebraron los mencionados ciudadanos el día 21 de Agosto de 1997, según se evidencia del acta N° 568.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en Puerto Ayacucho, a los Veintitrés (23) días del mes de Febrero del.....