En razón a las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, de conformidad con lo establecido en el artículo 497 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: Se acuerda a favor del ciudadano: JHON HENRY GALIANO VERGARA, Cédula de Ciudadanía 112.180.110, de nacionalidad colombiana, natural de Villavicencio, departamento del meta, SU LIBERTAD PLENA, por haber cumplido con lo dispuesto en el artículo 494 de la Ley Adjetiva Penal, ya que el cumplimiento extingue la responsabilidad criminal. Asimismo extingue las penas accesorias incluyendo, la Vigilancia a la Autoridad.
Publíquese, regístrese, notifíquese, líbrense los correspondientes oficios y cúmplase con las demás formalidades legales. Edítese la presente decisión en la página Web del Poder Judicial del Estado Amazonas.-
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