Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos: OMAR EDUARDO CORDERO PEREZ y MIRIAN BERNAL CABALLERO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, y titulares de las cédulas de identidad Nros.- V.- 7.359.676 y 8.900.055, en consecuencia queda disuelto el vinculo conyugal que contrajeron en fecha 13 de Marzo del año 1.987, por ante la Prefectura del Departamento Atures, del Territorio Federal Amazonas, hoy Registro Civil del Municipio Autónomo Atures del Estado Amazonas y anotado bajo el Nº 27 en los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese registro. Expídanse las copias que las partes soliciten. Por consiguiente queda disuelta la Comunidad Conyugal.-