Por todas estas razones a tenor de lo establecido en el numeral 8 del artículo 48, numeral 3 del artículo 318, artículo 323 y artículo 324, todos del Código Orgánico Penal, este Juzgado de Control Tres Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud de sobreseimiento interpuesto por el Ministerio Público a favor del ciudadano, ENRIQUE LOPEZ, de nacionalidad venezolana, residenciado en el Sector el Polígono, Av. Perimetral, casa S/n de esta ciudad.
SEGUNDO: Por cuanto los motivos que justifican el sobreseimiento se desglosan de las actas respetivas este juzgado estima que no se requirió el debate para dictar la presente decisión.
TERCERO: Notifíquese a las partes. Conforme al segundo aparte del artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal, a falta de indicación suficiente de víctimas e imputados, notifíquese mediante cartel en la sede de este Juzgado, a las pu.....