Se declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, en consecuencia queda DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos WUILLIAN RAUL JIMENEZ Y ZAIRA KATHERINE COLINA HIGUERA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros.- V.- 15.359.095 y V-19.054.956 respectivamente, por ante la Prefectura de la Parroquia la Urbana Municipio Autónomo Cedeño del Estado Bolivar, asentado en el libro de registro civil de matrimonios, bajo el acta Nº 146, de fecha veintidós (22) de Septiembre del año dos mil (2000).