En virtud de los razonamientos antes expuestos, conforme al artículo 41 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, este Juzgado de Control número Tres, administrando justicia, en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
PRIMERO: ADMITE la acción de Habeas Corpus, interpuesta por el abogado, JUAN CARLOS BARLETTA, actuando en representación de los ciudadanos: GABRIEL GONZALEZ, titular de la cedula de identidad número, V-20.721.949, ANDRES FAVIAN GONZALEZ, titular de la cedula de identidad de ciudadanía número, E- 1121709892 Y ROBERTO YAVINAPE AVARISTO, titular de la cedula de identidad número, V- 23.985.777.
SEGUNDO: En consecuencia, se ORDENA la notificación al presunto agraviante, es decir, el Comandante del Tercer Pelotón de la Tercera Compañía del Destacamento de Fronteras Número 94, del Comando Regional Número 9 de la Guardia Nacional Bolivariana, al mando del Teniente (GN) MEDINA CARRERO EMILIO, con sede.....