QUINTO: Se ordena EL ENJUICIAMIENTO de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, en virtud de haber manifestado no querer acogerse a ninguna de las formulas de solución anticipadas, por estar presuntamente involucrado en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 en relación con el articulo 455 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Marco Ovidio Prato.
SEXTO: En cumplimiento de lo establecido en el literal H del ya citado articulo 579 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se INTIMA a las partes para que en un lapso común de cinco días a partir de la remisión de las actuaciones concurran al Tribunal de Juicio, Sección Adolescentes.
SEPTIMO: De conformidad a lo estatuido en el artículo 580 de la Supra citada Ley, se ordena remitir la presente causa al Tribunal de Juicio, junto con todas las actuaciones anexas a la misma y los objetos incautados, para que queden a la orden al Tribunal de Juicio de este Circuito Ju.....