...Corolario forzoso de todo lo expuesto es que sólo se oirá apelación de las sentencias definitivas dictadas en los juicios breves cuya cuantía sea superior a quinientas unidades tributarias (500 U.T).
Sentadas las premisas que anteceden, observa este Tribunal Superior que la parte estimó el valor de la presente demanda en VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA BOLÍVARES (Bs. 24.930,00), lo que llevado a unidades tributaria calculadas al valor de estas para la fecha de la interposición de la demanda (el cual era de noventa bolívares), lo que equivale a doscientas setenta y siete unidades tributarias (277 U.T), por lo que la sentencia definitiva dictada por el A quo en el presente proceso, tramitado y sustanciado conforme a las reglas del procedimiento breve, contra la cual interpuso Recurso de Apelación la parte demandada, no es apelable, razón por la cual debe declararse INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por el ciudadano ABDOUL AL ASSAD MAJOL, titular de la cédula de ide.....