Por todos los razonamientos planteados, esta Corte de Apelaciones, actuando en sede Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la Inhibición, presentada por el abogado Luís Vicente Guevara González, Juez Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, en el asunto Nº XP01-P-2011-001427 (Nomenclatura de ese Tribunal), seguido al ciudadano Raúl Alberto Cipraini, titular de la Cédula de Identidad (No consta en Actas), por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado, tipificado y sancionado en el artículo 406, numeral 2, del Código Penal, en perjuicio de quienes en vida se llamaran Olga Josefina Barrios Lara y Manuel Alfredo Guape. Así se decide.