Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JAIRO DANILO MENDEZ OLARA, antes identificado, actuando en su condición de Defensor Privado del imputado ALHALABI AMJAD, antes mencionado. SEGUNDO: ANULA PARCIALMENTE la decisión dictada en fecha 22 de Agosto de 2014 y publicada mediante auto fundado en fecha 30 de Septiembre de 2014, por el Tribunal de Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, sólo en lo que respecta a la calificación de flagrancia en la aprehensión del ciudadano ALHALABI AMJAD por la comisión del delito de Trafico de Armas, previsto y sancionado en el artículo 124 de la Ley Para el Desarme y Contro.....