Se declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional incoada por los ciudadanos ANSELMO DE JESUS GOMEZ GOMEZ, OSMER QUINTIN HERNANDEZ TOVAR y NANCY ROSIO LARA de HERNANDEZ, contra la actuación del Tribunal Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo, de esta Circunscripción Judicial, a cargo del abogado ALAN WILFREDO CAMPOS MARTINEZ, contentiva de la ejecución de la entrega material del inmueble, en fecha 19NOV2003, cuyos linderos y demás características constan ut supra.
Se ANULA el acta de fecha 19NOV2003, mediante al cual, el referido juzgado accidental hizo entrega material a la ciudadana TEOLINDA DEL VALLE TOVAR LARGO, del inmueble cuyos linderos y demás características constan en la parte inicial de este fallo; en virtud que el mismo resultó ser incompetente para la realización de dicho acto.