Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de Diferencia de prestaciones sociales, instaurada por el ciudadano JESUS MEDINA contra la empresa GEOSINTETICOS TRICAL C.A", ambos plenamente identificados en autos. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Este Tribunal determino que el monto que la parte demandada debe cancelar a la parte actora es la cantidad de CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLIVARES CON NOVENTA Y UN CENTIMOS (46.884,91 Bs.), por los conceptos que se especifican en la Motiva del presente fallo, de los cuales se descontara la suma de DIECISEIS MIL CIENTO CUARENTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS (16.143,66 Bs), por concepto de abono de prestaciones Sociales que quedaron evidenciados y recocidos por.....