PRIMERO: La desestimación de la denuncia formulada por la Ciudadana: NULLYS NELLY LARA RAMOS, venezolana, nacida el 09-06-72, titular de la Cédula de Identidad N°V-10.921.945, domiciliada en La Urb. Monseñor Segundo García, calle principal, casa N° 2.483 de esta Ciudad de Puerto Ayacucho, quien el día 16-09-03, denunció por ante la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial al Ciudadano: ROGER LUIS PEREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 8.949.541, de maltratar verbal y físicamente a su hija menor de nombre Nulys Rogersis Pérez, por cuanto los hechos denunciados no revisten carácter penal, al no haber exteriorizado el padre de la menor ningún acto consumativo de delito alguno, de conformidad con lo establecido en los artículos 301 y 302 del Código Orgánico Procesal Penal.