En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Decreta la NULIDAD ABSOLUTA de la decisión de fecha 26FEB2010, en la cual se acordó asumir totalmente el poder jurisdiccional en la presente causa y proseguir la misma con un TRIBUNAL UNIPERSONAL, de conformidad con el artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ORDENA convocar a las partes, al imputado así como a los ciudadanos seleccionados como escabinos al Juicio Oral y Publico.
TERCERO: Se ACUERDA Oficiar a la Oficina de Participación Ciudadana a los fines legales consiguientes.