Por las razones anteriormente expuestas, conforme a los artículos, 42, 44 y numeral 6 del artículo 330, todos del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se admite totalmente la acusación interpuesta por la Fiscalí Segunda del Ministerio Público, contra el ciudadano, ELISAUL BUROZ CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.815.556, venezolano, de 22 años de edad, natural de Caracas Distrito Capital, lugar donde nació en fecha 26-10-1987, casado, de profesión u oficio N° Panadero, residenciado en el Barrio Loma del Triangulo, casa S/N, de esta ciudad, a quien la Fiscalía Segunda del Ministerio Público acusó por la presunta comisión del delito de Violencia Física Agravada y Psicológica, previstos y sancionados en los artículos 42 segundo a.....