Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 13 y 22 de la Ley Adjetiva Penal, emite el siguiente pronunciamiento: Se ABSUELVE al ciudadano EDUARDO PEREZ SOTO, titular de la cedula de identidad N° V-13.172.277, ampliamente identificado, en autos anteriores, de los cargos Fiscales de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.