DECISION
Por el razonamiento anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA la medida de Pre-libertad de Destacamento de Trabajo, por no existir un pronostico favorable sobre el comportamiento futuro del penado ANTONIO JOSE TOVAR YACAME, titular de la cédula de identidad N° V.- 12.629.851, circunstancia exigida en el artículo 500 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.-
Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, al Defensor y al penado, a fin de que se de por notificado de la decisión tomada por este Juzgado a través del Director de la Penitenciaria General de Venezuela. Cúmplase.
La Juez de Ejecución
Marilyn De Jesús Colmenares.
La Secretaria.
Lisis Abreu