Este tribunal Primero de Control de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Decreta PRIMERO: El Sobreseimiento de conformidad con lo establecido en los artículos 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal y 48 ordinal 7 ejusdem, en la causa seguida contra la adolescente (ART. 65 LOPNA); a quien se le seguí averiguación por la comisión del delito de: LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en agravio del adolescente (ART. 65 LOPNA); en virtud de los hechos ocurridos en fecha 06 de Junio del año en curso, cuando la adolescente imputada, luego de confrontar una discusión donde se encontraban presentes los adolescentes (ART. 65 LOPNA) y (ART. 65 LOPNA), le roció un gas en los ojos de la víctima. SEGUNDO: Definitivamente firme la presente decisión, remítase la presente .....