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Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Atures de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A efectuada por los ciudadanos MIRIAN JUDIT MENARES RIVAS y RAFAEL ANTONIO CAMICO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-1.568.229 y V-1.565.162; EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, en virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha dos (02) de Marzo de Mil Novecientos Setenta y Dos (1972), por ante la otrora Prefectura del departamento Atures, Territorio Federal Amazonas, hoy Registro Civil del Municipio Autónomo Atures del estado Amazonas, como se evidencia del Acta de Matrimonio Nro. 11.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado de los Municipi.....