DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la Abogada ANDRY BROCHERO, en su condición de Defensora Privada del acusado FREDDY ANTONIO PRATO, titular de la cédula de identidad N°10.656.116, está siendo acusado por la presunta comisión de dos delitos ROBO ENGRADO DE FRUSTRACIÓN Y POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, sancionado en los artículos 456 en concordancia con el artículo 82 del Código Penal Y 36 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en el sentido que se acuerde una medida cautelar sustitutiva, por considerar que las circunstancias en el presente caso no han variado siendo que la finalidad del proceso se encuentran a.....