este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos ERIS LUTHER DURAN DELGADO y CARLOS CESAR FIGUEREDO, ambos suficientemente identificados en autos, por la RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMUN, tal como lo establece el Artículo 185-A del Código Civil, y así declara disuelto el vínculo matrimonial que por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Atures, hoy Registro Civil del Municipio Autónomo Atures del Estado Amazonas, celebraron los mencionados ciudadanos, el día Veintiuno (21) de Marzo de Mil Novecientos Noventa y Siete (1997), según se evidencia del Acta de Matrimonio Nro. 36.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada.-
Liquídense los bienes de la comunidad conyugal si los hubiere.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en Puert.....