En vista de la naturaleza absolutoria de la decisión, en la presente causa, el Juez de Juicio ordenó igualmente la cesación de las medidas cautelares a las que fuere sometido el adolescente antes mencionado. Ordenando el referido órgano jurisdiccional de juicio que una vez definitivamente firme la presente causa, fuere remitido, como en efecto se hizo el 28NOV2007, a este Tribunal de Ejecución, quién ordena su inmediata ejecución, de conformidad con el articulo 480 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se decreta la LIBERTAD PLENA del Adolescente antes identificado. Líbrese boletas de notificación dirigidas al Fiscal Quinto del Ministerio Público, a la Defensora Pública Primera del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, al imputado de autos y a la victima.