este Tribunal Primero de Ejecución sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede a reformar de oficio los cómputos definitivos de fecha 10 de Diciembre del año 2.008 (F.112 al 115) y 13 de Enero del año 2.009(F.124 al 126), pieza II, bajo los siguientes términos:
1°) SANCIONADO: (IDENTIDAD OMITIDA)
2°) SANCIONES IMPUESTAS EN LA SENTENCIA: Por un lapso de: UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES, las sanciones de: A) IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS, por el lapso de UN (01) AÑO, donde se le impondrán al adolescente sancionado obligaciones y prohibiciones para regular su modo de vida, así como para promover y asegurar su formación física e intelectual que le permitan desenvolverse dentro de la sociedad en un marco de completa normalidad, dentro de las obligaciones impuestas se encuentran: a) Continuar con sus estudios, para lo cual debe.....