Se, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Revisión de Obligación Alimentaría intentada por la ciudadana DANIEL DARIO DURAN RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº -V.-9.640.646, de este domicilio, debidamente asistido en este acto por la ciudadana LOURDES VALLENILLA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, civilmente capaz, de este domicilio, titular de la Cedula de Identidad nº V- 4.683.646, abogado en ejercicio, inscrita en el inpreabogado, bajo el nº 44.030, contra de la ciudadana : FEBE PERSIDA TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.-V.-8.949.779, de profesión u oficio Peluquera, domiciliada en el Barrio Carnevalli, Calle Principal, Casa nº 80 de esta Ciudad de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, en su carácter de progenitora de los niños (Identidades Omitidas), en consecuencia se revisa en la cantidad de CIENTO SETENTA MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.170.775,00) mensuales, la Ob.....