I.- COMPUTO DE LA CONDENA IMPUESTA, FECHA DE CUMPLIMIENTO: La mencionada penada fue detenida preventivamente el día 04 de Agosto de 2006 (f. 10, p. I Acta Policial), permaneciendo en tal condición hasta la presente fecha 31 de Mayo del 2007 y, conforme a lo dispuesto en el articulo 484 ejusdem, la que aquí Ejecuta, considera que la referida penada ha extinguido de la pena impuesta, un tiempo de Nueve (09) meses y Veintisiete (27) días; y teniendo presente la pena redimida en el día de hoy ¿ Tres (03) meses y Once (11) días. -,es decir, que considera quien aquí ejecuta, que la penada de marras, ha cumplido de la pena impuesta hasta el día de hoy, un tiempo igual al de: Un (01) año, Un (01) mes y Ocho (08) días; faltándole por cumplir un remanente de pena de Cuatro (04) años, Dos (02) meses y Veintidós (22) días; pena esta que cumplirá el 22 de Agosto del 2011.
II.- DE LAS PENAS ACCESORIAS: Conforme a las Sentencias Definitivamente firme, la mencionada penada, quedó condenado a la .....