este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, en consecuencia queda DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos JORGE LUIS HERNANDEZ y CATHERINE VIOLETA GUTIERREZ DE HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 5.556.519 y V- 12.173.011, respectivamente, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Atures del Estado Amazonas, hoy Registro Civil, asentado en el libro de Registro Civil de Matrimonios, bajo el acta Nº 137 de fecha ocho (08) de Agosto del año 1992. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten. Cúmplase.-
PUBLIQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas,.....