Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la demanda introducida ante este Juzgado, en fecha 19 de julio de 2016, por el ciudadano RAMI KOUJA AHMAD, titular de la cédula de identidad N° V-18.505.709, asistido por el profesional del derecho CARLOS RAUL ZAMORA VERA, inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el número 29.492. Así se decide.
En consecuencia, se ordena al Registro Civil del Municipio Atures, (i) la inserción del acta de matrimonio N° 1487, de fecha 24 de junio de 2016, debidamente legalizada, expedida por la Secretaría de Asuntos Civiles de Latakia, adscrita al Ministerio del Interior de la República Árabe Siria, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, (ii) tomando en cons.....