DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida a los imputados DESCONOCIDOS, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 453, previsto y sancionado Código Penal, en perjuicio del ciudadano FÉLIX GUILLERMO SILVA BERMÚDEZ, POR HACERSE IMPOSIBLE APORTAR NUEVOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN A LA INVESTIGACIÓN de conformidad con lo establecido en los artículos 48 ordinal 8°, 318 ordinal 4° y 323 del Código Orgánico Procesal Penal.