En consecuencia este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Reunidos como están los requisitos del artículo 93, se dicta la aprehensión en flagrancia, del Ciudadano EFRAIN SALCEDO, Nacionalidad Venezolana, natural de Puerto Ayacucho, nacido el 01/11/1962, de 48 años de edad, estado civil Soltero, de profesión u oficio Licenciado en Educación, titular de la Cédula de Identidad N° v-8946798, hijo de Padre desconocido y Marcelina Blanco (v), residenciado en el Barrio Luís González Herrera, detrás de malariología de esta Ciudad por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto en el articulo 42, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el articulo 93 de la Ley Especial. SEGUNDO Se dicta el procedimiento especial, de acuerdo a l.....