PRIMERO: Se admite Totalmente la Acusación presentada por el Fiscal Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, por cuanto llenan los requisitos exigidos en los artículos 326 y 327 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se admiten Parcialmente las pruebas promovidas por el Fiscal Segundo del Ministerio Público, admitiéndose la promoción de la testimonial de la víctima Zanotty Infante Berta Argelia, así como se admite la prueba testimonial de los funcionarios Jesús Camico, Víctor Camejo, Carlos Blanco, Richard Medina, Jhonny Payema, Jhonny Payua y Luis Fuentes y la testimonial de la ciudadana Yudith Coromoto Zanotty Infante, por ser estas pruebas, legales, lícitas, pertinentes y necesarias; TERCERO: No se admite la prueba testimonial del ciudadano López López, José del Carmen, por ser innecesaria, y no haber sido incorporada al proceso conforme a las disposiciones del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 197 ej.....